El BCRA reglamentó el pago de salarios en dólares a través de las cuentas sueldo

La medida, formalizada mediante la Comunicación “A” 8460, habilita el depósito de haberes en moneda extranjera sin costos de apertura ni mantenimiento.

El Banco Central (BCRA) habilitó la apertura de cuentas sueldo en dólares para que los empleadores puedan abonar remuneraciones en moneda extranjera. La medida se enmarca en la Ley 27.802 de Modernización Laboral y alcanza tanto a los empleados comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo como a quienes no están cubiertos por esa normativa.

La disposición quedó formalizada mediante la Comunicación “A” 8460, que incorpora al dólar estadounidense como moneda admitida para la “Cuenta sueldo”.

Según el BCRA, las cuentas sueldo en dólares tendrán los mismos servicios sin costo que las cuentas en pesos: apertura, mantenimiento, transferencias y extracciones, hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral. Los importes no retirados pueden acumularse sin límite de tiempo.

Los bancos están obligados a permitir depósitos y extracciones de efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta. El retiro en otras sucursales, cajeros automáticos o terminales de autoservicio dependerá de la disponibilidad de dólares de cada entidad en ese momento.

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