Un fallo del juez subrogante Lucas Alfredo Taboada ordenó silenciar durante seis meses a la Compañía de Circuitos Cerrados S.A., empresa que opera un canal de televisión por cable y una señal digital en Tucumán.
La medida judicial prohíbe difundir, por televisión, radio, redes sociales o cualquier otro medio, cualquier contenido que “injurie, desacredite, tergiverse o distorsione” la actuación de fiscales y jueces de la provincia.
El fallo, fechado el 4 de noviembre de 2025, fue dictado a pedido del fiscal general Edmundo “Pirincho” Jiménez, quien denunció una “campaña de desprestigio” en su contra. El expediente, tramitado por el fiscal Daniel Esteban Sosa Piñero, incluye al empresario Gustavo Olarte, titular del medio, y derivó en una investigación penal por “coacción institucional e incitación al descrédito”.
En su resolución, el juez Taboada argumentó que las críticas del canal no constituían un “ejercicio democrático del control del accionar de los funcionarios de justicia”, sino un “intento de constreñir y limitar el ejercicio funcional” de esos funcionarios. También calificó los informes periodísticos como una “campaña pública de hostigamiento y desprestigio contra el sistema de justicia provincial”.
La decisión fue aún más allá: ordenó comunicar la medida al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) para que controle su cumplimiento, lo que implica una intervención estatal directa sobre la tarea de un medio de comunicación.
El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) repudió el fallo y lo calificó como “una grave violación a la libertad de expresión y un caso de censura previa”.
“Ninguna autoridad del Estado puede impedir de antemano la difusión de opiniones o críticas sobre funcionarios públicos”, expresó el organismo.
Por su parte, la Asociación de Prensa de Tucumán (APT) emitió un comunicado en el que consideró la medida como “un atentado directo a la libertad de prensa y al derecho de la ciudadanía a estar informada”.
“El fallo instala un bozal judicial sobre periodistas y medios”, advirtió la entidad.
El fallo, que ya rige en toda la provincia, fue dictado sin audiencia previa con las partes afectadas, lo que refuerza las críticas por falta de garantías procesales.
Abogados y organizaciones de prensa alertan que se trata de un precedente sin parangón en democracia, al prohibir por adelantado cualquier crítica hacia funcionarios públicos y dejar abierta la posibilidad de sanciones penales o administrativas por incumplimiento.