El Gobierno promulgó la reforma laboral y ya rige para el empleo privado

El gobierno de Javier Milei promulgó la reforma laboral aprobada recientemente por el Congreso, una de las principales medidas del programa económico de la gestión libertaria. La norma fue oficializada mediante el Decreto 137/2026, publicado en el Boletín Oficial.

La Ley 27.802 de Modernización Laboral comenzó a regir este viernes y lleva las firmas del presidente, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

Según el Gobierno, la reforma busca estimular la creación de empleo registrado, reducir la litigiosidad laboral y generar condiciones más favorables para la inversión, especialmente en pequeñas y medianas empresas.

Cambios principales que introduce la ley

Entre los puntos centrales de la reforma se destacan:

  • Modificaciones en el régimen de indemnizaciones por despido.
  • Incentivos para la formalización laboral.
  • Nuevas reglas para reducir la litigiosidad en la Justicia laboral.
  • Beneficios fiscales vinculados a inversiones y generación de empleo.

Nuevo esquema de indemnizaciones

Para los despidos sin causa, el nuevo régimen establece que el trabajador recibirá un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, con criterios específicos para calcular la remuneración habitual.

Además, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a financiar indemnizaciones mediante aportes patronales:

  • 1% para grandes empresas
  • 2,5% para pymes

La administración de esos fondos estará bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores.

Cambios en vacaciones y horas extras

La normativa también introduce modificaciones en el régimen de vacaciones. El empleador deberá otorgarlas entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque empleador y trabajador podrán acordar otras fechas o fraccionar el período, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días.

Asimismo, se habilita la implementación de bancos de horas, permitiendo que empleador y trabajador acuerden compensaciones por horas extraordinarias, siempre que exista un acuerdo formal por escrito y mecanismos de control.

Sectores que quedan excluidos

La ley establece que sus disposiciones no alcanzan a ciertos regímenes laborales específicos, entre ellos:

  1. Empleados de la administración pública nacional o provincial.
  2. Trabajadores agrarios.
  3. Personal de casas particulares.
  4. Prestadores independientes de plataformas tecnológicas.

Estos sectores continuarán regulados por sus propias normas laborales.

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